Fuente: AGQ Labs, https://agqlabs.es/ y ENAC, https://www.enac.es/
24 julio, 2024
ENAC concede la primera acreditación para la evaluación de la eficiencia del tratamiento previo al depósito de residuos municipales en vertedero a la entidad de inspección AGQ
Primera Entidad de Inspección acreditada por ENAC para la evaluación de la eficiencia y la estabilización en el depósito de residuos en vertedero conforme a la Orden TED/834/2023, de 18 de julio
La Orden TED/834/2023, del 18 de julio, por la que se establecen los requisitos mínimos de tratamiento previo al depósito de residuos municipales en vertedero entró en vigor el pasado 2 de enero y tiene como objetivo último sustanciar el artículo 1.1.c) del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, que establece la necesidad de prevenir y reducir los efectos negativos que el vertido de residuos puede ejercer en el medio ambiente. En este sentido, una de las medidas previstas en el Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, para la reducción de dichos impactos es la obligación de que todos los residuos que son depositados en vertedero sean tratados con carácter previo.
Según los antecedentes de la Orden el tratamiento previo del vertido tiene la finalidad de:
Aprovechamiento de los recursos
A través de medios mecánicos, se busca maximizar el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos. Este proceso de recuperación permite la extracción y reutilización de materiales valiosos, reduciendo la cantidad de residuos que llegan al vertedero.
Adecuado comportamiento en el vertedero
Mediante tratamiento biológico, se facilita que los residuos, una vez vertidos, se comporten de manera adecuada. Este tratamiento biológico tiene como objetivo estabilizar los residuos orgánicos, reduciendo su potencial de descomposición y generación de gases y lixiviados.
Por tanto, la efectividad del tratamiento de los residuos que se destinarán a vertederos debe considerar tanto el contenido en materia orgánica en los residuos tratados mecánicamente como el grado de estabilización de los residuos a través del tratamiento biológico.
La citada orden establece dos requisitos principales para la evaluación de los residuos destinados a vertederos:
- Evaluación de la eficiencia de clasificación y estabilización de residuos: la evaluación debe ser realizada por entidades de inspección acreditadas por ENAC conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020.
- Determinaciones analíticas: las determinaciones analíticas necesarias, actividad respiratoria (AT4), deben ser llevadas a cabo por laboratorios acreditados por ENAC según la norma UNE-EN ISO/IEC 17025.
Esta norma es aplicable a residuos municipales, cuya definición se establece art 2.b del Real Decreto 646/2020.
b) «Residuos municipales»:
1º Los residuos mezclados y los residuos recogidos de forma separada de origen doméstico, incluidos papel y cartón, vidrio, metales, plásticos, biorresiduos, madera, textiles, envases, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, residuos de pilas y acumuladores, y residuos voluminosos, incluidos los colchones y los muebles,
2º Los residuos mezclados y los residuos recogidos de forma separada procedentes de otras fuentes, cuando esos residuos sean similares en naturaleza y composición a los residuos de origen doméstico.
Por último, en el artículo 5 de la citada orden, se establecen unos objetivos y un calendario de implementación. Es importante destacar dos puntos clave, que, aunque se establecen ciertos valores objetivos, se especifica que la superación de estos valores no condicionará la admisión para el depósito de residuos en el vertedero. Sin embargo, la superación de los valores establecidos tendrá repercusiones en los costes relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero, tal como se detalla en el artículo 9.1.e) del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio.
Expertos en depósito de residuos en vertederos
Por ello, desde AGQ Labs, como primera Entidad de Inspección acreditada y expertos en el depósito de residuos en vertederos, pueden ayudarte a garantizar el cumplimiento de lo establecido en la Orden TED/834/2023, del 18 de julio y en el Real Decreto 646/2020, en el Anexo II: Procedimientos y criterios de admisión de residuos en vertedero, para la realización de caracterizaciones básicas y pruebas de cumplimiento, Anexo III: Procedimientos de control y vigilancia en las fases de explotación para le ejecución del plan de control y vigilancia y Anexo VII: Inspecciones en Vertederos.